Proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable. Programa RENORED
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Objetivo: Promover el desarrollo de las redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable.
Tipología de actuaciones
Proyectos de redes de calor y/o frío que utilicen fuentes de energía renovable de alguna de las tipologías recogidas en el Anexo I, de manera que se consiga una diversificación energética en base a energías renovables y como consecuencia de ello una menor dependencia energética de combustibles fósiles y la disminución de las emisiones de CO2 y metano.
Actuaciones subvencionables:
1.1. Tipología 1 (T1).
Nueva central de generación y nueva red de distribución Nuevas instalaciones que han de incluir necesariamente una o varias centrales de generación de calor y/o frío que utilicen fuentes de energía renovable, y una o varias redes de distribución con conexiones de intercambio energético a los centros de consumo.
1.2. Tipología 2 (T2).
Ampliación o sustitución de central de generación existente Ampliación o sustitución de una central de generación existente que aporte calor y/o frío a una red de distribución existente. Este tipo de proyectos consistirá en únicamente la ampliación de capacidad de generación de calor y/o frío de una red existente mediante la incorporación de nuevos equipos de generación o la sustitución de equipos existentes por nuevos equipos de generación de calor y/o frío. Los nuevos equipos de generación de calor y/o frío han de utilizar fuentes de energía renovable.
1.3. Tipología 3 (T3).
Ampliación de red de distribución y conexiones existentes Ampliación de una red de distribución existente que aporte calor y/o frío con sus conexiones para llegar a nuevos centros de consumo. Este tipo de proyectos consistirá en únicamente la ampliación de capacidad de distribución y conexión de calor y/o frío de una red existente. La capacidad de generación de calor y/o frío existente ha de utilizar fuentes de energía renovable.
Características de la ayuda:
- Podrán estar ubicados en todo el territorio nacional.
- Concurrencia competitiva.
- Plazo de realización de las actuaciones y justificación: Programa de Incentivos 1 no podrán iniciarse antes de la fecha de registro de la solicitud de la ayuda por parte del beneficiario y en el caso del Programa de Incentivos 2 no podrán iniciarse con anterioridad a la fecha de publicación en el BOE de las bases reguladoras de estas ayudas.
- Deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 30 de junio de 2029, y el beneficiario deberá justificar antes del 30 de septiembre de 2029.
- La vigencia de las bases reguladoras aprobadas por esta orden se extenderá desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2028.
Ámbito: Nacional
Presupuesto: 50.000.000 €
Plazo de solicitud: Del 21/01/2026 al 27/02/2026
Organismo: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente
BENEFICIARIO
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que motivan la concesión de esta ayuda y que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención a fondo perdido que el IDAE podrá adelantar al beneficiario mediante un anticipo al objeto de facilitar la financiación de los proyectos. El anticipo consistirá en el abono por IDAE, previo otorgamiento de garantía, de un anticipo por un importe máximo del 80% de la ayuda concedida.
Límite máximo de ayuda para los proyectos que se presenten a los Programas de Incentivos: 15.000.000 euros por proyecto y beneficiario, así como una inversión mínima por proyecto de 450.000 euros.
Importe de la ayuda:
1-IMPORTE SUBVENCIONABLE DEL PROYECTO (IS)
1.1. Coste subvencionable unitario (CsU).
1.1.1. El importe subvencionable corresponde al coste de inversión relacionados con la construcción o la mejora de un sistema urbano de calefacción y/o refrigeración energéticamente eficiente, en aplicación del punto 6 del artículo 46 del Reglamento (UE) 651/2014. De este modo, con los datos propios de cada solicitud se calculará el coste subvencionable unitario (CsU) expresado en €/kW mediante la siguiente expresión:
1.1.2. Coste elegible unitario máximo En la siguiente tabla se muestra el coste elegible unitario máximo (CeUmax) para cada tipología de proyecto y fuente de energía renovable utilizada.
Tipología | Fuente de energía renovable | Coste elegible unitario máximo (CeUmax) |
T1 Nueva central de generación y nueva red de distribución | Biomasa | 1.100 €/kW |
Geotermia | 2.380 €/kW | |
Solar térmica | 1.750 €/kW | |
Otras fuentes renovables | 1.180 €/kW | |
T2 Ampliación o sustitución de central de generación existente | Biomasa | 3.500 |
Geotermia | 1.860 €/kW | |
Solar térmica | 1.230 €/kW | |
Otras fuentes renovables | 660 €/kW | |
T3 Ampliación de red de distribución y conexiones existentes | Geotermia | 3.500 |
2- IMPORTE DE AYUDA DEL PROYECTO ANTES DE LIMITACIONES (IAAL)
2.1. Porcentajes de ayuda.
2.1.1. Del proyecto (AP) Se establecen los siguientes porcentajes de ayuda del proyecto para las distintas tipologías de proyectos y Programas de Incentivos:
Tipo de proyecto | Programa de incentivos 1 | Programa de incentivos 2 |
Nueva central de generación y nueva red de distribución. | 35% | 70% |
Ampliación o sustitución de central de generación existente. | ||
Ampliación de red de distribución y conexiones existentes. |
2.1.2. Adicional por tamaño de empresa (ATE) Únicamente para el Programa de Incentivos 1 se establecen los siguientes porcentajes de ayudas adicionales acumulables a la anterior, en función del tamaño de la empresa:
- Gran empresa: 0%
- Mediana empresa: 5%
- Pequeña empresa: 10%
2.1.3. Adicional por el reto demográfico y transición justa (ART) Se establece un porcentaje de ayuda adicional acumulable a las anteriores del 5% para proyectos que cumplan al menos uno de los siguientes criterios:
- Proyectos ubicados en zonas de reto demográfico definidas por aquellos municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes. El IDAE publicará en su sede electrónica un listado de los municipios que tienen la consideración de Reto Demográfico. Este listado tendrá carácter informativo y estará supeditado a las publicaciones oficiales correspondientes al «Atlas Estadístico de las Áreas Urbanas» del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y a las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal regulada conforme al Real Decreto 1147/2020, del 15 de diciembre.
- Proyectos ubicados en municipios incluidos en los Convenios de Transición Justa, los cuales figuran en la siguiente página web: https://www.transicionjusta.gob.es
2.2. Importe de ayuda del proyecto antes de limitaciones (IAAL) El importe de la ayuda del proyecto antes de limitaciones se calcula de acuerdo con la siguiente expresión:
IAAL = (AP +ATE+ART) 100 · IS
3-IMPORTE DE AYUDA FINAL DEL PROYECTO (IAP)
3.1. Importe de ayuda máximo del proyecto (IAmax)
Se considera un importe máximo de la ayuda por proyecto de 15.000.000 de euros según lo establecido en el apartado 4 de la disposición séptima.
3.2. Importe de ayuda final del proyecto (IAP)
Finalmente, el importe de ayuda final del proyecto (IAP) expresado en euros se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
IAP = (1 – ks 100) · Mínimo {IAAL, IAmax}
GASTOS FINANCIABLES
a-Equipos propios de las tipologías de actuación objeto de ayuda:
- Sistemas de descarga, almacenamiento, preparación, tratamiento y alimentación de combustibles. Equipos, sistemas e instalaciones de producción de calor y/o frío a partir de fuentes renovables (tipologías 1 y 2).
- Salas de máquinas, generadores de calor, generadores de frío, bombas de calor con o sin consumo eléctrico de la red, sistemas de almacenamiento térmico, depósitos de acumulación, intercambiadores, bombas, captadores solares térmicos, colectores, instrumentación y otros equipos y sistemas propios de centrales de generación de calor y/o frío (tipologías 1 y 2).
- Sistemas de transporte y distribución de calor y/o frio, subestaciones y conexiones a puntos de consumo (tipologías 1 y 3).
b- Sistemas eléctricos, hidráulicos, bombeo, instrumentación y auxiliares asociados a la instalación y, en general, equipamientos electromecánicos.
c- Sistemas de control, monitorización y comunicación con el centro de control asociado a la instalación, incluidas las pruebas, puesta en marcha y ensayos de funcionamiento.
d- Sistemas de gestión, control y monitorización de la demanda de energía de instalaciones consumidoras que ayuden a optimizar la gestión y producción de la energía producida.
e- Obra civil: edificaciones, cimentaciones, campas, excavaciones, zanjas, canalizaciones, tuberías, ayudas de albañilería, instalaciones auxiliares, viales de servidumbre interna, adecuación de accesos, instalaciones temporales, obras de desmantelamiento de instalaciones existentes, restauración y medidas medioambientales correctoras después de las obras. Para que estos costes sean considerados elegibles las obras deben cumplir la condición de que al menos el 70% (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados (con exclusión de los residuos con código LER 17 05 04), se preparen para la reutilización, el reciclaje y la valorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales. Análogamente, en los proyectos financiados que impliquen demolición, se incluirá la práctica de demolición selectiva
f- Transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos de las instalaciones.
- Elaboración y redacción de proyectos y memorias técnicas relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
- Dirección facultativa relacionada con las tipologías de actuación objeto de ayuda. i. Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
- Ensayos, estudios, sondeos y pruebas necesarias para la elaboración del proyecto y dimensionamiento de la instalación.
- Costes de gestión de la solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud. Sólo serán elegibles los gastos de gestión que no superen el 4% del importe de la ayuda solicitada, con un límite máximo de 3.000 euros por expediente.
- Costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones, incluidos los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la justificación de estas ayudas.
- Informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
- Costes relativos al cumplimiento de las obligaciones del principio DNSH.
- Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias específicas de cada tipología de actuación.
El coste elegible máximo total admitido en los Programas de Incentivos, no podrá superar globalmente el 7% del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 10.000 euros por expediente.