Inversiones en Modernización y/o Mejora de Explotaciones Agrarias
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Objetivo: Fomento de la modernización de las explotaciones agrarias de la Comunidad de Madrid mediante la financiación de inversiones para el aumento de la competitividad del sector agrario, su adaptación al cambio climático, así como un mayor compromiso con el medio ambiente y el clima. (Intervención 6841.2).
Línea de intervención:
Inversiones en Modernización y/o Mejora de Explotaciones Agrarias.
Operaciones subvencionables
- Inversiones en abrevaderos, comederos, mangas ganaderas, collares GPS, y cerramientos de fincas integradas en la explotación.
- Inversiones para la construcción de naves agrícolas o ganaderas.
- Inversiones en maquinaria y equipos.
- Inversiones para la implantación de cultivos no anuales.
- Inversiones para la adquisición de tierras.
- Otras inversiones que conlleven a la modernización a la explotación.
Características de la ayuda:
- Concurrencia competitiva.
- Plazo máximo ejecución y justificación: 1 de abril del 2027.
- Incompatibles con cualquier otra ayuda que para el mismo objeto y finalidad.
- Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado.
Ámbito: Madrid
Presupuesto: 4.500.000 €
Plazo de solicitud: Del 31/03/2026 al 30/04/2026
Organismo: Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente - Inversión Industrial Productiva - Sostenibilidad y Economía Circular
BENEFICIARIO
Agricultores o nuevos agricultores.
Ser titular o cotitular de una explotación agraria.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvenciones.
El volumen máximo de inversión subvencionable por expediente será 300.000 €, excepto para SAT y Cooperativas Agrarias que será de 500.000 €.
Intensidad de ayuda: 40% de los costes elegibles, hasta un 60% de los costes elegibles, (80% para las inversiones de jóvenes agricultores que se hayan instalado durante los cinco años anteriores) pudiendo aumentarse en un 20% por cada una de las situaciones siguientes:
a) Jóvenes agricultores que se hayan instalado durante los cinco años anteriores.
b) Explotaciones situadas en zonas con determinadas figuras de protección medioambiental (RN2000, Reservas de la Biosfera, Parque Nacional, Parques Regionales…).
c) Explotaciones de agricultura ecológica.
En los dos últimos casos el 20% adicional se prorrateará de la siguiente manera:
- Bienes inmuebles
- Bienes muebles
GASTOS FINANCIABLES
a) Costes de asistencia técnica (arquitectos, ingenieros, asesores) vinculados a los gastos anteriores.
b) Adquisición o desarrollo de programas informáticos.
c) Adquisición de licencias, derechos de autor o marcas registradas.
d) Licencia urbanística municipal.