Garantías para Proyectos de Reindustrialización e Impulso de la Actividad Industrial

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Objetivo: Facilitar el acceso a garantías dirigidas a proyectos de reindustrialización e impulso de la actividad industrial en Cataluña en el periodo 2024-2027.

Características de la ayuda:

  • Financiación de circulante e inversiones vinculadas al proyecto subvencionable.
  • Plazo de ejecución: el comprendido entre los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y hasta un máximo de 24 meses posteriores también a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.
  • Concurrencia no competitiva.
  • Compatibles con cualquier otra ayuda obtenida por la persona solicitante para la realización de la misma acción procedente de otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.

Ámbito: Cataluña

Presupuesto: 228.000.000 €

Plazo de solicitud: Del 05/06/2024 al 31/05/2027

Organismo: Departamento de Empresa y Trabajo

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - Inversión Industrial Productiva

Empresas industriales y de servicios a la producción con código de clasificación catalana de actividad económica del 10 al 33 que tengan sede social o sede operativa en Cataluña, o que sean de nueva implantación en Cataluña.

En ningún caso pueden ser beneficiarias:

  • Personas físicas autónomas.
  • Fundaciones.
  • Asociaciones.
  • Empresas industriales y de servicios a la producción con una facturación inferior a 1.500.000 euros, las empresas que tengan una operación vigente garantizada por el departamento competente en materia de industria y no hayan superado el 50% de amortización del préstamo asociado al proyecto de inversión.

Ayuda en forma de garantía del 49% del riesgo vivo de los préstamos para inversión y/o circulante, con un límite máximo equivalente al 49% del importe formalizado de cada operación.

La garantía del Departamento también tendrá un límite global máximo del 25% de la suma de los importes formalizados con garantía del Departamento.

Condiciones de préstamos del DEMT:

  • Importe de los préstamos: mínimo de préstamo de 250.000,00 euros y un importe máximo de préstamo de 5.000.000,00 euros. Importe de la inversión subvencionable puede incluir gastos de circulante hasta un máximo del 20%. Se establece un importe mínimo del préstamo de 100.000,00 euros y un máximo de 1.000.000,00 euros.
  • Plazo: de hasta diez años, con la posibilidad de un período de carencia de amortización de hasta dos años. En el caso del circulante, será de hasta cinco años, con un período de carencia de hasta un año incluido en este plazo.
  • Desembolso: una sola vez o en desembolsos parciales, durante un plazo de hasta veinticuatro meses a contar desde la fecha de la resolución.
  • Tipo de interés: EURIBOR a 12 meses más un diferencial de hasta el 3%.
  • Amortización: Amortizaciones mensuales bajo un sistema francés.
  • Comisiones: Apertura, máximo del 0,25%. Cancelación: total o parcial máximo del 0,25% amortizado.
  • Interés de demora: Tipo vigente + 6%.
  • Garantía: Se contarán con una garantía del Departamento de Empresa y Trabajo de hasta el 49% del riesgo vivo de los préstamos.

Ayudas de minimis.

Subcontratación hasta un máximo del 50% del importe de la actividad subvencionada.

Proyectos de inversión:

Adquisición de activos materiales o inmateriales del proyecto de inversión presentado.

Importes de instalaciones, obra civil y otros que no sean maquinaria del proceso productivo, no podrán superar, con carácter general, el 25% del total de la inversión subvencionable.

Circulante:

Exclusivamente serán las actividades de producción y fabricación.

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